La Federación
Ornitológica Italiana (FOI) suele publicar unas guías comentadas sobre las
diversas razas de canarios. En ellas se explica bastante exhaustivamente las
características de cada apartado y, en ocasiones, las penalizaciones que se
deben aplicar. En mi opinión, son guías muy útiles tanto para los criadores
como para los jueces. Es con esta intención, la de su utilidad y la de su alta
calidad, con la que pongo la referida al Rizado del Norte.
TALLA. 10 puntos.
Longitud 17 – 18 cm, con
proporciones perfectas.
La talla del Rizado del
Norte puede ser considerada como una talla media. Los canarios con longitud de
17 cm no serán penalizados, pero en un ejemplar macho la longitud de 17 cm se
puede considerar como escasa.
Una longitud un poco
superior a 18 cm solo se considerará defectuosa si hay algún indicio de cruce
con una raza más grande. En tal caso el exceso de talla hay que atribuirlo a la
raza más grande y no puede ser considerada como una talla óptima.
Se aplicará una severa penalización a los canarios más
pequeños ya sea porque se desvían demasiado de la talla media actual de los
mejores ejemplares italianos, que es claramente de 18 cm, ya sea porque se
aproxima mucho a los Fiorinos de cabeza lisa.
Solo para este primer apartado
anticipamos el ejemplo del procedimiento a seguir para establecer el valor de
la penalización. El juez examina atentamente el ejemplar para llegar a
concretar en su mente si la longitud y la proporción están conformes con el
estándar y cuando emite la sentencia, que podrá ser por ejemplo ésta: El
canario tienen una longitud y una proporción BUENA. En este momento aplica la
penalización que será exactamente de 2
puntos. Si los dos puntos de
penalización parecen excesivos es el momento de considerar que BUENO
puede ser sustituido por MUY BUENO.
En tal caso la penalización será de un
solo punto porque solo el juicio de PERFECTO no prevé penalización.
TABLA DE PENALIZACIÓN DE
LOS CANARIOS DE POSTURA CONTENIDO EN LOS CRITERIOS DE ENCJUICIAMIENTO DE LA FOI
(Federación Ornitológica Italiana)
PENALIZACIÓN
|
||||
Puntos a disposición.
|
OPTIMO
|
BUENO
|
SUFICIENTE
|
INSUFICIENTE
|
5
|
0
|
0
|
1
|
2
|
10
|
0-1
|
2
|
3
|
4-5
|
15
|
1
|
2
|
3
|
4-6
|
20
|
1-2
|
3
|
4
|
5-7
|
25
|
2
|
3
|
5-6
|
7-8
|
30
|
2-3
|
4
|
5-6
|
7-9
|
35
|
3
|
5
|
6-7
|
8-10
|
45
|
4
|
5-6
|
7-8
|
9-12
|
Se recuerda que un
ejemplar de 18 cm. (optima longitud) pero pobre en rizos parecerá delgado o
fino y, por lo tanto, a pesar de su correcta longitud, no se le puede
considerar de talla óptima.
POSICIÓN. 10 puntos.
Erguido, altivo, levantado sobre las
patas; cabeza, tronco y cola en
línea; ángulo sobre la horizontal sobre
50º.
Es
la posición que más se adapta a esta raza por la sobriedad de los rizos y por
su carácter, y con el que expresa una cierta fiereza. Tal aspecto se realza
solo si las diversas partes del cuerpo están en línea. Si no lo están el animal
parece recogido, y puede expresar miedo, cansancio, fatiga u otros.
El
juez debe prestar especial atención a las patas (tibia) que, si están
adecuadamente extendidas, en su parte más larga deben ser visibles al menos 1/3
de su longitud.
Para
exhibir la posición correcta, el canario debe estar tranquilo, de otra manera
tiende a agacharse, preparándose así para la fuga. Como mejor se le observa es
a cierta distancia, cuando el ejemplar alterna espontáneamente periodos de
movimiento y periodos de inmovilidad (no de reposo).
La posición agachada se denomina comúnmente
posición de rana.
PLUMAJE. 15 puntos.
Sedoso, abundante, compuesto; abdomen
liso; oliva dentro de los límites; todos los colores admitidos.
El
plumaje, que es la característica más importante de esta raza, será abundante
por el espesor y longitud de las plumas, pero éstas, en las zonas no rizadas,
deberán estar bien adheridas, especialmente en el abdomen , que es la zona a
menudo defectuosa en los ejemplares que tienen el plumaje sedoso y abundante.
Ya
que las plumas del abdomen provienen de las dos ramas simétricas del pterilo
(zona de la piel donde nacen las plumas) ventral, a veces ocurre en los
ejemplares que tienen el plumaje del abdomen bien adherido al cuerpo se forme
en medio un SURCO MEDIANO. La presencia
de este surco es el Non Plus Ultra de la perfección del abdomen en esta raza.
Por el contrario, el defecto más grave se da
cuando las plumas están caídas, o todas revueltas, o todas hacia un lado (golpe de viento). El juez debe observar
con atención que las plumas del abdomen están formadas realmente por plumas abundantes y adheridas y no por
plumas vaporosas y levantadas, del tipo del “plumón”, que la mano experta de un
“peluquero” astutamente ha recortado o afeitado. Si el juez ve en esta, como en
otra región, trucos de este tipo, debe ser severo en la penalización. Si el arreglo es muy visible el ejemplar será descalificado.
En
este apartado también entra la aceituna
(culotte), que debe parecerse lo más posible a una media aceituna cortada a
lo largo y bien adherida. Cuanto más abundante y vaporosa, tanto más toma el
aspecto de un doble flanco, en cuyo caso la penalización por este único defecto
podrá llegar hasta los 2 puntos
(este apartado tiene 15 puntos).
Es
difícil valorar la penalización que
puede recibir la zona de contacto entre los rizos del pecho o jabot y los de
los flancos o aletas (zona del stacco), la
cual debe ser limpia, es decir, no presentar plumas que dañen y perjudiquen la clara separación
entre ambos rizos.
Porque tal región del stacco,
además de al plumaje, afecta obviamente al pecho o jabot y a los flancos o
aletas, el juez deberá elegir en qué apartado penalizar el defecto si lo
hubiere. Una penalización en cada uno de los tres apartados puede considerarse
excesiva.
En
principio una nube de plumas que estropean mucho el stacco podrán tener un
punto de penalización en los tres apartados.
ESPALDA. 10 puntos.
La espalda debe estar limitada al alto dorso, por lo que no debe
extenderse ni hacia el cuello ni hacia la grupa o parte de la espalda entre las
alas, de lo contrario se estropea o deforma la zona de los rizos, que debe
aparecer bien delimitada.
Teniendo
en cuenta lo anterior los defectos pueden ser los siguientes:
a) Espalda simétrica en el contorno,
pero escasa o defectuosa en la línea de separación.
b) Espalda asimétrica.
El insuficiente
desarrollo de la espalda, la llamada espalda enana, es un defecto grave porque priva al plumaje
del aspecto de ser abundante.
La expresión “bien
repartida” quiere dar a entender que las plumas tienen que partir de una línea
de separación mediana, bien clara y recta, sin trazas de sinuosidades. La línea
de separación puede estar cubierta de plumón (exceso de nevado en el plumaje).
El defecto es aún más grave si la línea de separación no es bien recta.
La espalda debe aparecer como un grueso libro abierto por la mitad.
El defecto mucho más
grave es el de la asimetría, que se debe sobre todo a alguna de las dos causas
siguientes.
Si en el primerísimo
tramo del pterilo dorsal todas las plumas rizadas salen hacia un solo lado, se
forma una única y gruesa espalda que invade buena parte del cuello, mientras el
otro lado queda privado o casi privado
de plumas rizadas; la raya de separación
toma entonces una tendencia oblicua. En el caso de que esta gruesa espalda esté
a la derecha, la raya de separación va de detrás hacia delante hacia la
izquierda y viceversa en el caso opuesto; este fenómeno se denomina golpe de viento en la espalda, y se
dice que el canario es de espaldas a
derechas o a izquierdas. Este defecto recibe una valoración de clara insuficiencia, ya que es altamente
transmisible.
La otra causa es debida a
la presencia de un bouquet sobre la
grupa, que hace que una de las dos mitades de la espalda parezca más larga que
la otra, además de más voluminosa. Es fácil darse cuenta del bouquet cogiendo
con la mano al canario y levantando con un palillo las últimas plumas; verá que los que pertenecen al bouquet son
más largas y suaves que las anteriores y tienen una curvatura diferente; si uno
se las arregla para acomodarlas bajo el ala, al menos por unos momentos, el
defecto desaparece. Este defecto es menos grave que el anterior, porque a
menudo es transitorio y debido a una mala posición del ala que levanta las
plumas de la grupa, pero que exige una penalización
determinante, porque introduce una característica propia de otras razas
(Parisien y Rizado Gigante), es motivo de asimetría y altera la zona de unión.
En los ejemplares
pintados la espalda pintada suele ser más defectuosa que cuando es de un solo
color, porque en general, la pluma pigmentada tiene una estructura algo
diferente, y resulta a menudo más realzada que la no pigmentada; también, una
espalda pintada (manchada) produce efectos de claroscuro que fácilmente pueden
engañar o confundir. Por lo tanto en este caso la valoración puede ser un poco
menos severa.
La falta de uno de los dos rizos de la espalda supone la
descalificación.
ALETAS. 10 puntos.
Voluminosas (espesas y anchas)
sostenidas, simétricas, curvadas hacia lo alto, hasta sobrepasar el borde de
los rizos de la espalda.
Debido
a que los flancos son los rizos más vistosos y a que no es raro encontrar
ejemplares con buenos y óptimos flancos, el juez deberá enjuiciarlos con
severidad.
Sobre
la “limpieza” que debe haber entre los flancos y los rizos del pecho (stacco)
ya se ha comentado en el apartado Plumaje.
La
posición de los Flancos no debe ser demasiado
hacia atrás, de lo contrario, parecen no estar relacionadas con la “zona
de los rizos”. Vistas de frente y desde
arriba, deben ser perfectamente simétricas, es decir, ninguna debe estar
más alta o más baja que la otra.
Muy
a menudo un lado aparece insuficiente porque una parte de sus plumas están
giradas hacia el interior, hacia el abdomen, con lo que ambas connotaciones se
vuelven defectuosas. El hecho es fácilmente comprensible si se considera que el
Pecho, las Aletas y el Abdomen están todas formadas por plumas que nacen
sucesivamente una a continuación de otra en el mismo pterilo.
Cuando
se da el fallo mencionado, casi siempre el rizo de la espalda del mismo
lado donde se da el defecto de la Aleta,
está más desarrollado que el otro. En otros términos, el flanco o aleta más
débil y la espalda más desarrollada se encuentran asociadas al mismo lado del
cuerpo, y también a menudo a un abdomen con plumas en forma de “golpe de
viento” provenientes del mismo lado y con un Jabot o pecho que tiene un poco el
mismo defecto. El juez hará muy bien en observar al mismo tiempo estas cuatro
zonas para ver si existe este grave
defecto compuesto que por su fuerte transmisibilidad tendrá una severa penalización en los cuatro
apartados.
La
falta de uno de los flancos supone la descalificación. Pero es necesario
prestar mucha atención de que el flanco no aparezca señalado porque esté
aplastado por el ala. En caso de duda es aconsejable hacer mover y volar un
poco al ejemplar y observarle de nuevo, pero siempre tendrá penalización porque en el mejor de los casos
se trata de un Flanco más bien débil.
PECHO o JABOT. 10 puntos.
Completo, simétrico, bien marcado,
sin cavidad superior.
Se
recuerda que el pecho o jabot debe estar cerrado por todas sus partes y
parecerse, por lo tanto, a la media
cáscara de una nuez grande plantada en el medio del pecho con la parte más
convexa mirando hacia la zona del cuello. La única raza que tiene el Jabot
igual, aunque más pequeño, es el Fiorino.
La
antigua expresión “Jabot en forma de corazón” no debe usarse porque sugiere la
idea de un hueco superior que es atribuible al Rizado del Sur y que revela
cruces recientes o lejanos.
A
veces los contornos no son claros, tanto por los lados como en la parte
superior. Los ejemplares nevados tienen en los lados, entre el Jabot y los
Flancos, abundante plumón que daña y perjudica ambos rizos, reduciendo su
individualidad. Ya se ha hablado sobre esto en el apartado de Plumaje.
Superiormente
pueden observarse uniones con pequeños rizos del cuello (corbata) lo que hace
parecer que el Pecho o Jabot está implantado demasiado alto, y al mismo tiempo
que el Cuello es demasiado corto.
Es
un defecto gravísimo cuando las plumas de ambos lados están plegadas o
inclinadas lateralmente hacia el mismo lado, originando el llamado GOLPE DE VIENTO. Si es casi total se le
considerará en el enjuiciamiento como Insuficiente. Si es total el pájaro es DESCALIFICADO. Es oportuno recordar que
un defecto similar en el abdomen no conlleva la descalificación, sino solo una
adecuada penalización en el apartado de Plumaje.
CABEZA Y CUELLO. 15puntos.
Cabeza proporcionada al cuerpo,
redondeada y lisa, cuello liso, robusto, de una longitud discreta.
La
presencia del surco retroocular normalmente se aparece como una pequeña estría hundida de
pocos milímetros. Esos bordes constituyen un defecto ya que dan la idea de un pequeño
rizo (sobre todo el borde superior que nos produce la llamada cabeza cónica).
Una
mínima referencia de ceja bilateral que se limite a conferir un cierto ceño, y
nada más, en un ejemplar macho, no constituye defecto. Si, por el contrario,
las cejas son evidentes, y mucho peor si solo están a un lado, son un defecto
que se penaliza con uno o dos puntos
(prestar atención para comprobar que no se trata de plumas fuera de su sitio en
un ejemplar asustado). Plumas desplazadas o fuera de lugar en cualquier otro
sitio de la cabeza también constituyen un defecto.
El
CUELLO, robusto (pero no tanto como
el Paduano) de discreta longitud, debe ser liso
sin excepciones; cualquier signo de rizo (como collar total o parcial) es penalizado. Menos grave es en todo caso
la penalización cuando el ejemplar presenta una pequeña
corbata central y simétrica, en continuidad con el Jabot, que en ciertas
condiciones desaparece, sobre todo si la Talla y el Plumaje son exuberantes; de
otra manera el defecto es más grave.
Es
necesario que el OJO sea grande y
perfectamente redondo, ya que confiere al ejemplar una mirada contundente y
audaz que entona perfectamente con la fiereza de una perfecta posición. Así que
la forma de los ojos puede ser objeto de penalización. Por tanto la penalización del apartado Cabeza y
Cuello será la suma de las penalizaciones de cada parte.
ALAS. 5 puntos.
Regulares (completas de plumas,
normalmente desarrolladas e imbricadas), bien llevadas (que no se crucen ni que
cuelguen)
En
esta raza no es raro que las alas aparezcan cruzadas bien debido a un defecto
estable, o a la excitación del momento (sobre todo en los machos).
Hay que tener un poco de paciencia para saber
cuál es la causa de verdad. En el primer
caso la penalización es normalmente de un punto, en el segundo, si se
observa durante el enjuiciamiento que la posición es la adecuada no hay ninguna penalización. Si solo hay un
ala que está en la posición adecuada mientras la otra está caída, casi seguro
que se trata de una postura debida a una lesión anterior, con lo que el canario
está excluido del enjuiciamiento. Lo
mismo ocurre si claramente se observa la falta de plumas de vuelo (rémiges).
PATAS. 5 puntos.
Patas bien visibles (largas) con
plumas bien adheridas. Tarso, dedos y uñas fuertes y regulares.
Uñas
finas o demasiado largas constituyen un defecto. En caso extremo penalizar con un punto. Uñas dobladas
lateralmente y aún peor retorcidas, constituyen un grave defecto que será penalizado al menos con un punto.
COLA. 5 puntos.
Derecha, homogénea, completa,
proporcionada al cuerpo, preferiblemente no bifurcada, ausencia de plumas de
gallo, sotocola regular.
En
el caso de que la cola sea corta, el juez debe tener que ya implícitamente lo
ha penalizado en el apartado de Talla. En el caso de que esté sucia deberá
penalizarlo en Condición General. Plumas timoneras desgastadas o deformadas serán penalizadas con al menos un punto.
CONDICIÓN GENERAL. 5 puntos.
Limpieza, vivacidad, estado de salud.
Los
defectos relativos a este apartado deben
ser siempre decididamente penalizados, porque un canario sucio o con mal estado
de salud no se debe exponer.
Cualquier
síntoma de enfermedad implica la descalificación.
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